USDA emite la Regla Final de Etiquetado para OMG

A partir del mes de febrero, los fabricantes de la industria de alimentos podrían empezar a utilizar el símbolo de producto modificado con “Bioingeniería” que ha aprobado el USDA para revelar la presencia de ingredientes genéticamente modificados en su empaque etiquetado para la venta minorista.

Conforme a la Regla Final publicada el 19 de diciembre de 2018 por el Servicio de Mercadotecnia Agrícola (AMS por sus siglas en inglés) del USDA, los fabricantes, importadores y algunos comercios minoristas de alimentos deberán revelar la presencia de alimentos o ingredientes modificados por medio de ingeniería genética cuando la porción supere el 5% del peso de cada ingrediente. Las empresas podrían, de manera voluntaria, revelar las cantidades más pequeñas de alimentos o ingredientes modificados por medio de bioingeniería genética utilizando el símbolo “Derivado de Bioingeniería” recientemente aprobado por USDA.

La revelación obligatoria para los fabricantes de alimentos inicia el 1° de enero de 2022. Quedan exentos de esta regulación los fabricantes con muy poca producción (con ventas anuales menores a los $2.5 millones de USD) y los restaurantes. Las empresas pueden iniciar a utilizar este símbolo de manera voluntaria para revelar esta información a partir del 19 de febrero de 2019 cuando la Regla Final entre en vigor.

Esta Regla Final implementa la Ley Nacional de Divulgación de Alimentos Modificados con Bioingeniería (PL 114-216), que fue promulgada como ley en julio de 2016. Esta ley requiere que los fabricantes de alimentos revelen de forma visible en su etiqueta la presencia de ingredientes modificados con bioingeniería.

La nueva norma “garantiza contar con información clara y compatibilidad del etiquetado para informar a los consumidores los ingredientes de sus alimentos”, mencionó el Secretario de Agricultura Sonny Perdue en un comunicado. “La norma también evita un esquema incompleto de estado por estado, que podría confundir a los consumidores”.

Conforme a la Regla Final, la cual pasó por un largo proceso de propuesta y revisión, menciona que los ingredientes o alimentos altamente refinados, como aceites o azúcares derivados de cultivos con un proceso de modificación por bioingeniería pero que no contienen niveles detectables de material genéticamente modificado, no son considerados como modificados conforme a la “bioingeniería”. La carne y leche de animales que consumieron alimento modificado con bioingeniería no se consideran parte de esta categoría y también están exentos de la divulgación. Los productos certificados conforme al Programa Nacional Orgánico del USDA también están exentos por que han sido certificados por no contener ningún componente modificado por “bioingeniería”. 

Cuatro métodos de divulgación

Las empresas de fabricación de alimentos (incluyendo fabricantes de suplementos alimenticios) pueden divulgar estos componentes mediante uno de estos cuatro métodos:

El símbolo “Bioingeniería”;

Con un texto impreso que indique: “alimentos modificados por bioingeniería” o “contiene ingredientes modificados por bioingeniería”;

Un enlace electrónico o digital acompañado de una declaración como “Escaneé aquí para obtener más información sobre este alimento” acompañado por un número telefónico;

La declaración “Texto [palabra de comando] a [número] para obtener información sobre los alimentos modificados por bioingeniería “, seguida de un mensaje de texto inmediato enviado al dispositivo móvil del consumidor con la información de los alimentos que son modificados por bioingeniería.

Las opciones adicionales, como un número telefónico o una dirección web están disponibles para pequeños fabricantes de alimentos y para paquetes pequeños y muy pequeños.

El USDA descartó una propuesta anterior de divulgación que incluía una etiqueta con la leyenda “puede haber sido modificado por bioingeniería”. El organismo adoptó el límite del 5% para la divulgación debido a la “realidad” de que los sistemas de producción con bioingeniería y sin ella pueden coexistir en un mismo sistema, y que puede ocurrir su inclusión “inadvertida o técnicamente inevitable”. Un umbral más bajo, como el 0.9%, como lo han adoptado otros países, “puede aumentar la carga regulatoria para los productores y procesadores de alimentos”, con un aumento en los costos de cumplimiento que se transmite a los consumidores, explicó el USDA.

Como era de esperarse, la Regla Final provocó reacciones divididas de los consumidores y de las partes interesadas de la industria. La Asociación de Fabricantes de Productos Alimenticios (Grocery Manufacturers Association, GMA por sus siglas en inglés) elogió al USDA por tomar una “decisión acertada para potenciar a la industria”.

“La divulgación es imperativa para aumentar la transparencia, educar a los consumidores y generar confianza en las marcas, en la industria alimenticia y en el gobierno”, dice Karin Moore, vicepresidente superior y consejero general de la GMA. “Nos complace que el USDA haya ahora proporcionado una estructura para que nuestras empresas compartan esta información de forma voluntaria construyendo una base para que el gobierno responda más rápidamente a la innovación en alimentos y agricultura en el futuro”.

Si bien el Centro para la Ciencia en el Interés Público (CSPI, por sus siglas en inglés) ofrece un “apoyo general” a la Regla Final, Gregory Jaffe, su director de biotecnología, dice que algunas disposiciones “no son para total beneficio de los consumidores”.

Específicamente, el CSPI hubiera preferido indicar la leyenda como “diseñado genéticamente” en vez de “diseñado con bioingeniería” porque los consumidores no están familiarizados con este último. Además, el CSPI no estuvo de acuerdo con la exención de la divulgación obligatoria de los ingredientes altamente procesados ​​derivados de cultivos genéticamente modificados, y hubiera preferido que la divulgación “Derivado de la bioingeniería” fuera obligatoria en vez de voluntaria.

Fuente: www.foodqualityandsafety.com