Las plantas y los productos vegetales exportados a países de la UE pronto deberán llevar certificados fitosanitarios

La mayoría de las plantas y productos vegetales, incluidos algunos alimentos, deberán estar acompañados de certificados fitosanitarios para su ingreso a la Unión Europea (UE) a partir del 14 de diciembre.

Estas nuevas reglas de la UE significan inspecciones ampliadas para los productos vegetales de EE. UU. Antes de que las plantas y otros productos vegetales crudos y mínimamente procesados puedan ingresar a los estados miembros de la UE, incluidos Suiza y/o Montenegro, los envíos deben inspeccionarse y recibir un certificado fitosanitario.

Sin el certificado necesario, los envíos serán rechazados bajo este argumento.

Las nuevas regulaciones de la UE son para prevenir la introducción de insectos vegetales, plagas y enfermedades. La UE realizó el cambio en 2016, pero los retrasos retrasaron la implementación hasta la próxima semana.

Las nuevas regulaciones afectan a todos los productos vegetales, virtualmente. Si bien algunos productos vegetales ya requerían certificación fitosanitaria, muchos no han tenido ningún requisito para ingresar al mercado de la UE.

Los productos vegetales que ahora necesitaran una certificación fitosanitaria incluyen:

Frutas y vegetales (excepto los que son preservados por congelación);

Flores cortadas;

Arboles cortados o ramas que retienen el follaje;

Granos o productos a base de granos;

Bultos, granulados y conos de lúpulo;

Semillas y Otros productos vegetales sin procesasar o productos mínimamente procesados, incluyendo la madera.

Además de los requisitos para los certificados, la UE prohibirá 36 grupos de plantas de alto riesgo que tendrán completamente prohibido ingresar al continente.

Las agencias estatales, como el Departamento de Agricultura del Estado de Washington, están autorizadas a proporcionar exportaciones con servicios de certificación para los nuevos requisitos de la UE. Se requieren inspecciones y certificados fitosanitarios para cada envío a partir del 14 de diciembre.

Antecedentes de la UE

En octubre de 2016, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2016/2031 sobre medidas de protección contra las plagas de las plantas (“Ley de sanidad vegetal”).

El 13 de diciembre de 2016, el Reglamento entró en vigencia y será aplicable a partir del 14 de diciembre de 2019.

Estas normas constituyen el Régimen Fitosanitario de la UE, vigente desde 1977 y revisado en su totalidad por la Comisión Europea en mayo de 2013.

Las nuevas normas tienen como objetivo modernizar el régimen fitosanitario, adoptando las medidas más eficaces para la protección del territorio de la Unión Europea y sus cultivos. También apuntan a garantizar un comercio seguro, así como a mitigar el impacto del cambio climático en la salud de nuestros cultivos y bosques. Diferentes partes interesadas se beneficiarán de este nuevo enfoque:

Ciudadanos: mejor protección de paisajes y bosques, espacios verdes públicos y privados, menor necesidad de uso de pesticidas;

Productores y agricultores: documentación más simple y transparente (pasaporte de la planta), mejor protección de su producción, más apoyo financiero para combatir las plagas;

Otros operadores comerciales: registro de operadores comunes, trazabilidad armonizada;

Autoridades públicas: apoyo financiero de la UE para la implementación de medidas de vigilancia y erradicación/contención.

La Comisión contará con delegados y de implementación en 2019 para garantizar la correcta aplicación de la legislación en los Estados miembros de la UE. La Comisión consultará debidamente a los expertos de los Estados miembros, al Parlamento Europeo y al Consejo, así como a otras partes interesadas pertinentes durante la redacción de estas normas, de conformidad con los principios de una mejor regulación.

Para obtener más información, póngase en contacto con SANTE-G1-PLANT-HEALTH@ec.europa.eu

A partir del 14 de diciembre de 2019, todas las plantas (incluidas las partes vivas de las plantas) deberán ir acompañadas de un certificado fitosanitario para ingresar a la UE a menos que estén enumeradas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 de la Comisión como exento de este requisito general (no es necesario que vaya acompañado de un certificado fitosanitario). Actualmente, la lista de plantas exentas de la obligación de llevar un certificado fitosanitario a partir del 14 de diciembre de 2019 son las siguientes frutas: piñas, cocos, durios, plátanos y dátiles.

Plantas de alto riesgo

La Ley de Sanidad Vegetal aumenta la prevención contra la introducción de nuevas plagas a través de las importaciones procedentes de países terceros. El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 de la Comisión establece la lista de plantas de alto riesgo cuya introducción en el territorio de la UE estará prohibida provisionalmente a partir del 14 de diciembre, hasta que se haya llevado a cabo una evaluación completa del riesgo.

Las normas relativas al procedimiento a seguir para llevar a cabo la evaluación de riesgos de las plantas de alto riesgo se detallan en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2018 de la Comisión.

Plagas prioritarias

El Artículo 6 (2) de la Ley de Sanidad Vegetal faculta a la Comisión para establecer una lista de las plagas prioritarias. Publicado en el Diario Oficial el 11 de octubre de 2019, el Reglamento Delegado (UE) 2019/1702 de la Comisión enumera 20 plagas cuarentenarias como plagas prioritarias, incluidas Xylella fastidiosa, el escarabajo japonés, el escarabajo de cuernos largos de Asia, el enverdecimiento de los cítricos y la mancha negra de los cítricos, cuyo impacto económico, ambiental y social en el territorio de la UE es el más grave.

Fuente: www.foodsafetynews.com