Asiste personal técnico de Eleven Rivers Growers al taller: “Equivalencia Ley FSMA & Global GAP v5.1”

Los días 13 y 14 de marzo el equipo técnico de Eleven Rivers Growers asistió a la capacitación sobre la equivalencia de la Ley FSMA y la nueva versión de Global GAP la cual incluyó una introducción sobre el tema de evaluación de Riesgos Global GAP para las prácticas sociales (GRASP por sus siglas en inglés).

Nuestro equipo técnico siempre busca estar en la vanguardia en temas de capacitación sobre los esquemas de certificación en inocuidad y responsabilidad social disponibles, para ofrecer la mejor asesoría técnica a nuestras empresas certificadas, al mismo tiempo, evaluar la pertinencia, las tendencias del mercado, los cambios en las legislaciones para determinar si el Esquema de Certificación Eleven Rivers Growers v2.4 se encuentra alineado a estos críteros.

La versión 5.1 de la norma GLOBALG.A.P., publicada en julio 2017, ha revisado varios aspectos de la norma original, desde la duración de las inspecciones y auditorías, hasta el uso correcto del logo y las coordenadas geográficas, con el objetivo de hacer más eficaz el proceso de certificación.

Los cambios introducidos con la actualización son de obligatorio cumplimiento desde octubre 2017. Desde este momento, todas las verificaciones y auditorías de recertificación deberán realizarse utilizando la versión 5.1 de la norma GlobalG.A.P. IFA.

Los cambios con respecto a la versión anterior se resumen básicamente en lo siguiente:

Módulo Base para Todo Tipo de Finca (AF): se subieron los niveles de cumplimiento de los puntos de control sobre fraude alimentario (AF 16.1 y AF 16.2) —de Recomendaciones pasan a Obligaciones Menores— para que estén alineados con otras normas de referencia internacionales.

Módulo Base para Cultivos (CB): se cambiaron los puntos CB 5.2.1 y CB 5.2.2 de Obligaciones Menores pasan a Obligaciones Mayores. Con la publicación de la Versión 5 ya se había indicado que estos puntos cambiarían en 2017 a Obligaciones Mayores.

Se agregó información detallada sobre la aplicación de sustancias que no son productos fitosanitarios y fertilizantes (CB 7.11.1) para aclarar qué tipo de productos están comprendidos en este punto de control y cuáles son los registros necesarios para demostrar el cumplimiento del punto.

Módulo Frutas y Hortalizas (FV): se dividió el punto FV 4.1.2 (Calidad del agua utilizada en las actividades de precosecha) en dos puntos de control separados (FV 4.1.2a y FV 4.1.2b) con el fin de facilitar la auditoría.

Otro punto de control que cambió de nivel de cumplimiento es FV 5.7.3 (de Recomendación a Obligación Menor). Este punto refiere a la idoneidad del laboratorio que realiza el análisis del agua después de la cosecha.

Certificación de lúpulo.

Otra de las novedades que presenta la versión 5.1 es la certificación de un nuevo sub-ámbito, el del lúpulo producido para la elaboración de cerveza, cumpliendo con los siguientes módulos: Módulo Base para Todo Tipo de Finca, Módulo Base para Cultivos y Lúpulo.

Otros cambios significativos de la Norma:

Creación de dos nuevos subámbitos:

Lúpulo producido para la elaboración de cerveza, cumpliendo con los siguientes módulos: Módulo Base para Todo Tipo de Finca, Módulo Base para Cultivos y Lúpulo.

Fabricación de Alimentos para animales.

Programa de Recompensas no anunciadas: Posibilidad de ofrecerle a los operadores de Opción I la posibilidad de acogerse a esta opción. (Apdo. 5.1.2.3. Parte I. Requisitos Generales. Apdo. 5.3. Parte III. Reglas para la acreditación y organismos de certificación)

El logotipo de Globalgap pasa de dejar de tener integrado el símbolo R. (Sobre esto hemos realizado pedido de nuevo papel de certificado)

Independencia e imparcialidad (Apartados 3.4., 3.6. Parte III. Reglas para la acreditación y organismos de certificación)

El mismo auditor no podrá inspeccionar al mismo productor (Opción 1) durante 4 años consecutivos (independientemente de si las inspecciones/auditorías son anunciadas o no anunciadas). Bajo la opción 2 se deberán rotar los auditores del equipo de auditores (no más de 4 años para auditar al mismo SGC del grupo, aunque los inspectores del equipo de auditores pueden ser los mismos

Solicitud: (Anexo I.2. Parte I. Requisitos Generales)

La información solicitada en el Cuestionario de Solicitud “Latitudes Norte/Sur y longitudes Este/Oeste u otro forma de coordenada geoespacial en el nivel del terreno o instalación pasa de ser una información de carácter voluntaria a obligatoria, cuando esté disponible.

Se debe indicar la exclusión de la recolección cuando no sea aplicable, por producto.

Conclusiones de auditoria: La firma del productor puede ser sustituida por una confirmación documental o electrónica. (Apdo. 6.1. e) Parte III. Reglas para la acreditación y organismos de certificación)

Informe Final de Auditoría: Se define el contenido (Apdo. 6.1. i) Parte III. Reglas para la acreditación y organismos de certificación). Sobre este punto os tengo que pasar la revisión del formato de Informe Final de Auditoría.